CONDICIONES GENERALES DE VENTA – “FORMACIÓN COACH EN DESPOLARIZACIÓN”
MÓDULO 2 – PARTE TRANSMISIÓN
06/02/2024
En estos términos y condiciones, los siguientes términos en mayúscula en la primera letra tienen, a menos que se especifique lo contrario, el significado que se les da en este artículo, ya sea en singular o plural.
"Acompañante": | designa, de acuerdo con las menciones que aparecen en el Artículo 1 de las Condiciones Particulares, ya sea (i) la Sociedad La Academia del Alto Rendimiento, o (ii) el Licenciatario. |
« Cliente » : | significa el consumidor en el sentido del artículo introductorio del Código del Consumidor, es decir, una persona física que actúa con fines que no entran dentro del alcance de su actividad comercial, industrial, artesanal, liberal o agrícola, que desea beneficiarse del Programa Identidad Ganadora. |
"Condiciones Generales" o "CG": | estas condiciones generales de venta. |
"Condiciones particulares": | designa las condiciones particulares a las cuales se anexan estos Términos y Condiciones Generales. |
"Contenido": | designa la documentación digital (video, grabación, etc.), así como todos los servicios asociados, puestos a disposición del Cliente por la Parte Acompañante. El Programa Identidad Ganadora incluye el Contenido y su provisión. |
"Contrato": | significa conjuntamente las disposiciones de las Condiciones Particulares y las Condiciones Generales. |
"Derecho(s) de propiedad intelectual": | tiene el significado que se le da en el artículo 14. |
« Información(es) Confidencial(es)": | significa cualquier dato, hoja de datos, material de capacitación y otros conocimientos técnicos relacionados con el tema de este Acuerdo, así como cualquier otra información y datos proporcionados por (i) un tercero que la Parte Emisora deba mantener confidencial; y (ii) escrito o por cualquier otro medio tangible, u oralmente, que la Parte Receptora sabía o debería haber sabido que era confidencial o propiedad de la Parte Emisora. La divulgación no se considerará confidencial si (i) llega a ser conocida por la otra Parte antes de la recepción, como lo demuestran los registros escritos del destinatario; (ii) sea revelada adecuada y legalmente a la Parte receptora por un tercero que tenga el derecho de hacer dicha divulgación (iii) sea o llegue a ser generalmente conocida en la comunidad empresarial sin culpa de la Parte receptora; o (iv) sea desarrollada independientemente por la Parte receptora sin utilizar dicha información, como lo demuestran los registros escritos de la Parte receptora. Se acuerda expresamente que el Programa Identidad Ganadora, el Contenido y cualquier medio o documentación relacionada se consideran Información Confidencial en virtud del presente. |
"Licenciatario": | significa cualquier persona que haya celebrado un acuerdo de licencia con La Academia del Alto Rendimiento que lo autorice a proporcionar el Programa Identidad Ganadora a los Clientes. El Licenciatario está específicamente designado en el Artículo 1 de las Condiciones Especiales. |
Por " Parte" se entiende: | significa individualmente la Persona Acompañante o el Cliente (la Persona Acompañante y el Cliente se denominan conjuntamente las "Partes"). |
"Programa Formación Coach en Despolarización": | tiene el significado que le da el artículo 4. |
"Compañía La Academia del Alto Rendimiento": | LA ACADEMIA DEL ALTO RENDIMIENTO, sociedad mercantil de responsabilidad limitada, inscrita en el Registro Mercantil, con el número 1/2023/176.842,0 diario 198, asiento 37, ha sido inscrita con fecha dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés, 45937, folio 140, inscripción 1 con hoja M-807289, cuya sede está situada en la Avenida Juan Antonio Samaranch 134 - 5B MADRID (28055). |
El propósito de estas CG es definir los términos y condiciones bajo los cuales la Parte Acompañante proporciona el Programa Formación Coach en Despolarización al cliente que lo acepta.
Estos CG se aplican, sin restricciones ni reservas, a cualquier disposición del Programa Formación Coach en Despolarización por parte de la Persona Acompañante del Cliente. Estos CG se aplican con exclusión de todas las demás condiciones, y en particular las aplicables a otros canales de marketing del Programa Formación Coach en Despolarización
Los CG se comunican sistemáticamente a cualquier Cliente antes de la firma de las Condiciones Particulares.
El Cliente declara haber leído las presentes CG y haberlas aceptado antes de firmar las Condiciones Particulares. La firma de las Condiciones Particulares por parte del Cliente implica la aceptación sin restricciones ni reservas de las presentes CG.
Estas CG pueden estar sujetas a modificaciones posteriores, la versión aplicable es la vigente el día de la firma de las Condiciones Particulares.
El Cliente reconoce y acepta que la relación contractual entre las Partes se rige por los siguientes documentos, en orden decreciente de precedencia: (i) las Condiciones Particulares y (ii) las Condiciones Generales.
El Cliente reconoce haber sido informado, antes de la firma de las Condiciones Particulares, de manera clara y comprensible, de la información enumerada en el artículo 60 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios.
Las características esenciales del servicio (Programa Formación Coach en Despolarización) prestado por el Acompañante al Cliente.
La Parte Acompañante se compromete a proporcionar al Cliente:
5.1. Designación de Marcas
Las Marcas objeto de este Contrato designan las siguientes marcas propiedad de la Academia:
5.2. Licencia y uso
Sujeto a la obtención del Certificado de Aptitud, la Academia otorga al coach en despolarización un derecho de uso de las Marcas, estrictamente personal, intransferible, no licenciable, revocable y no exclusivo, en el Territorio, exclusivamente:
Queda terminantemente prohibido cualquier otro uso o explotación de las Marcas, en particular cualquier uso publicitario o comercial, que el Estudiante reconoce y acepta. Si el Estudiante desea usar y explotar las Marcas más allá del marco provisto en este documento, debe solicitar a la Academia que firme un acuerdo de licencia de Marcas.
En cualquier caso, el Estudiante acepta usar las Marcas comerciales de acuerdo con estos Términos, así como con las leyes y reglamentos. El Estudiante se compromete a preservar la reputación y notoriedad de las Marcas y se abstiene de dañarlas de cualquier forma.
La Academia se reserva todos sus derechos para emprender acciones contra el Estudiante o cualquier otra persona en caso de violación de los derechos de propiedad intelectual que posee sobre las Marcas comerciales.
5.3. Acceso a los programas de la Academia
La Academia ofrece al Coach en Despolarización ® el derecho de acceder a los diversos Programas en línea de la Academia para transmitirlos a sus clientes. Estos programas estarán sujetos a una tarifa preferencial comunicada a petición de la Academia.
Estos programas incluyen: Identidad Ganadora y La Ley de La Vibración
5.4. Limitación de responsabilidad y garantía
La Academia renuncia expresamente a todas las garantías expresas, implícitas o legales relacionadas con cualquier aspecto del Proceso, incluidas, entre otras, cualquier garantía de comerciabilidad e idoneidad para un propósito particular. La Academia no será responsable de ninguna compensación por el daño causado al Estudiante por la nulidad o pérdida de las Marcas.
La Academia no se hace responsable de los daños indirectos o consecuentes, incluidos, entre otros, la pérdida de clientes, la pérdida de beneficios, el daño a la imagen o las reclamaciones de terceros. Excepto por lesiones corporales, mala conducta intencional o grave, la compensación total debida por la Academia al Interno en compensación por todos los daños sufridos como resultado de la ejecución del Contrato no puede exceder el monto total pagado por el Estudiante a la Academia en virtud de este Contrato.
El Contrato entra en vigor a partir de la fecha de firma de las Condiciones Particulares por las Partes. El Contrato finalizará 12 meses después del inicio del programa según se indica en las Condiciones Particulares. Luego se renovará automáticamente por renovación tácita por periodos de (1) años, a menos que sea rescindido por cualquiera de las Partes por carta certificada conacuso de recibo con un aviso de al menos tres (3) meses, enviado antes de la expiración del período inicial o cada periodo renovado.
Para evitar dudas, es importante señalar que el beneficio del derecho a utilizar las Marcas a a partir de fecha de entrega del Certifaicado de Aptitud.
El Cliente se compromete a pagar a La Academia del Alto Rendimiento el importe total, en Euros indicado en las Condiciones Particulares.
Este importe será abonado por el Cliente al Acompañante en forma de domiciliación en su cuenta bancaria. Para ello, el Cliente proporcionará al Acompañante un mandato SEPA que autoriza la retirada de las cantidades adeudadas en virtud del presente documento de su cuenta bancaria.
El importe total será cargado por el Acompañante en el número de plazos convenidos en la sesión estratégica. El primer pago se realizará con anterioridad a la fecha de la primera sesión de despolarización.. Los otros gravámenes correspondientes cada uno a la parte proporcional del precio total que figura en las Condiciones Particulares, se cargarán sucesivamente en la misma fecha de cada mes.
En caso de incumplimiento de estas condiciones financieras, la Parte Acompañante se reserva el derecho de suspender o terminar el Programa Formación Coach en Despolarización al Cliente y/o suspender el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente.
Las Partes se comprometen a comportarse de buena fe, y en particular, a poner en conocimiento de la otra Parte sin demora, cualquier disputa o dificultad que pueda encontrar en el contexto de la ejecución de este Contrato.
7.1 Obligaciones del acompañante
La Parte Acompañante se compromete a facilitar el Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización con un grado razonable de diligencia, profesionalismo y competencia y actuará de buena fe hacia el Cliente durante la vigencia del Contrato.
El Acompañante se compromete a realizar sus mejores esfuerzos para alcanzar los objetivos establecidos dentro del Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización. Se acuerda expresamente que la Parte Acompañante está sujeta a una simple obligación de medios a este respecto, de modo que no garantiza ningún resultado para el Cliente después de la prestación del Programa Identidad Ganadora o el logro de los objetivos establecidos, en particular debido a la naturaleza aleatoria de estos elementos en parte fuera del control de la Persona Acompañante.
El Acompañante también se compromete a mantener informado al Cliente de cualquier cambio en el Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización. En particular, en caso de aplazamiento de una sesión de despolarización, se compromete a informar al Cliente con al menos cuarenta y ocho (48) horas de antelación, excepto en caso fortuito, fuerza mayor o emergencia. Si es necesario, las Partes acordarán mutuamente reprogramar la sesión cancelada para una fecha posterior.
7.2 Obligaciones del Cliente
Obligaciones relativas al seguimiento del Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización
Se informa al Cliente de que al firmar las Condiciones Particulares, se compromete durante toda la duración del Contrato. En cierto sentido, está comprometido a completar el Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización. En caso de abandono del Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización durante la ejecución del Contrato, todas las sumas pagadas seguirán siendo propiedad de la Parte Acompañante y las restantes adeudadas en virtud del presente se cargarán al Cliente de acuerdo con las disposiciones del Artículo 6.
El Cliente se compromete a estar disponible y a colaborar con el Acompañante con el fin de implementar el Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización, desde su implementación hasta su ejecución.
El Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización incluye 5 jornadas de formación, 5 coachings grupales, 1 jornada presencial y 3 sesiones individuales de coaching proporcionados por el Acompañante en las fechas y horarios acordados con el grupo. El Cliente se compromete a asistir a estas jornadas de formación, coachings grupales, sesiones individuales y jornada presencial (posiblidad de asistir de forma virtual).
Obligación de información
El Cliente se compromete a proporcionar al Acompañante cualquier información y/o documento que pueda ser relevante para la prestación del Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización. El Cliente se compromete, en particular, a informar al Acompañante de cualquier tratamiento médico seguido durante la ejecución del Contrato y cualquier contraindicación médica que pueda ser de interés para el seguimiento del Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización, como la imposibilidad de practicar actividad física o ciertos deportes.
Obligación de cumplir el reglamento interno
El Cliente se compromete a cumplir con (i) cualquier instrucción de la Persona Acompañante con el fin de implementar el Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización y (ii) cuando corresponda, con las reglas de procedimiento proporcionadas por la Persona Acompañante. Se compromete en todo caso a mantener un correcto comportamiento durante la prestación del Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización, hacia el Acompañante y cualquier otra persona presente en esta ocasión. Cualquier violencia, física o verbal, está estrictamente prohibida y puede llevar a la exclusión definitiva del Cliente del Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización, reservándose la Persona Acompañante el derecho de rescindir el Contrato sin previo aviso bajo estas condiciones.
Se informa al Cliente de que en caso de presentar nuevos clientes que deseen beneficiarse del Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización ("Prospecto") a la Parte Acompañante, la Parte Acompañante puede proponer la formalización de un contrato de contribución comercial, permitiendo al Cliente recibir una comisión calculada sobre el monto antes de impuestos del contrato celebrado con el Prospecto.
La celebración del contrato de contribución empresarial y sus disposiciones se negociarán, si es necesario, de buena fe entre las Partes.
El Contrato se celebra entre las Partes a distancia. De conformidad con las disposiciones del artículo 68.1 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU), el Cliente tiene catorce (14) días a partir de la celebración del Contrato con la Persona Acompañante para ejercer su derecho de desistimiento y rescindir el Contrato, sin tener que justificar razones o pagar una penalización.
El derecho de desistimiento puede ejercerse por correo electrónico a la dirección equipo@academia-alto-rendimiento.com expresando la intención de retractarse.
El artículo 1124 del Código civil establece la facultad de resolver las obligaciones recíprocas en caso de incumplimiento por parte de una de las partes.
En caso de incumplimiento grave por una de las Partes de las obligaciones del presente Contrato, no reparado en el plazo de treinta (30) días naturales, desde la recepción de una carta certificada con acuse de recibo de la otra Parte notificando el incumplimiento en cuestión, esta última podrá resolver automáticamente el presente Contrato, sin perjuicio de todos los daños y perjuicios a que pudiera tener derecho.
De conformidad con los artículos 1224 y 1225 del Código Civil, los siguientes incumplimientos deben considerarse como incumplimientos que pueden dar lugar a la resolución del Contrato: la ausencia injustificada del Estudiante de los eventos organizados por la Academia, la falta de respuesta de la Academia a cualquier solicitud del Licenciante de más de treinta (30) días naturales después de la recepción de esta solicitud, la exención por parte del Alumno de la Formación a cualquier tercero que infrinja el Artículo 3.2, la explotación o el uso de las Marcas por parte del Alumno en violación del Artículo 4, el impago del precio previsto en el Artículo 6, la cesión del Acuerdo o la concesión de sublicencias a un tercero por parte del Estudiante en violación de las disposiciones del Artículo 11 y la violación de la obligación de confidencialidad prevista en el Artículo 11.
La terminación de este Acuerdo, por cualquier motivo, no afectará las obligaciones ya vencidas. Sin perjuicio de lo anterior, el Estudiante se compromete, al vencimiento del presente Contrato o en caso de resolución:
inmediatamente después de la terminación del Acuerdo.
El Cliente reconoce y acepta que la Parte Acompañante se compromete a llevar a cabo sus servicios con un alto grado de cuidado y diligencia, de acuerdo con lo establecido en este documento. La obligación asumida por la Parte Acompañante es de carácter proactivo, comprometiéndose a realizar todos los esfuerzos necesarios para cumplir con los compromisos del Contrato y, especialmente, para alcanzar los objetivos delineados en el marco del Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización.
Es importante destacar que, aunque la Parte Acompañante se esforzará al máximo para lograr resultados exitosos, no puede garantizar resultados específicos para el Cliente derivados de la implementación del Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización o del logro de los objetivos preestablecidos.
La suscripción al Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización sigue siendo un compromiso personal del Cliente y este último sigue siendo el único y exclusivo responsable de las decisiones tomadas por él, en el contexto profesional o personal, sin que esto sea en modo alguno reprochable para la Persona Acompañante.
El Cliente reconoce y acepta que la Parte Acompañante puede restringir, limitar o suspender la prestación del Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización tras una decisión de una autoridad administrativa, arbitral o judicial, o debido a cambios en las regulaciones aplicables a la actividad de la Parte Acompañante. La Parte Acompañante no podrá ser considerada responsable en estas condiciones.
Cada Parte se compromete, durante la vigencia del Acuerdo y durante cinco (5) años después de la finalización del plazo, a no revelar a nadie ninguna Información Confidencial relativa a la otra Parte, sujeto a las disposiciones de este Artículo.
Cada Parte podrá divulgar Información Confidencial de la otra Parte si así lo exige la ley, un tribunal o una autoridad gubernamental o reguladora competente, o, en la medida necesaria y apropiada, divulgar dicha Información Confidencial, siempre que se notifique dicha divulgación requerida o necesaria a la otra Parte lo antes posible antes de la divulgación.
La Parte Acompañante también puede divulgar la Información Confidencial del Cliente a aquellos de sus empleados, funcionarios, representantes y asesores (así como al Licenciatario cuando la Parte Acompañante es la Compañía La Academia del Alto Rendimiento que necesitan conocer dicha información para permitir que la Parte Acompañante cumpla con sus obligaciones en virtud del Contrato. La Parte Acompañante se asegurará de que sus empleados, funcionarios, representantes y asesores (así como el Licenciatario cuando la Parte Acompañante sea la Compañía La Academia del Alto Rendimiento a quienes divulguen la Información Confidencial del Cliente cumplan con las disposiciones de este Artículo.
Ninguna de las Partes utilizará la Información Confidencial de la otra Parte para ningún otro propósito que no sea el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente.
Salvo que sea necesario por notificación gubernamental o para cumplir con las leyes y regulaciones aplicables o para hacer cumplir sus respectivos derechos en virtud de este Acuerdo, y a menos que las Partes acuerden lo contrario por escrito, las Partes: (i) mantendrán confidenciales las disposiciones materiales de este Acuerdo; (ii) acuerde razonablemente los términos y el momento exacto de cualquier anuncio público relacionado con las transacciones contempladas en este documento.
Por acuerdo expreso entre las Partes, se acuerda que las obligaciones previstas en este Artículo constituyen una obligación esencial del Contrato.
El Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización (incluyendo el Contenido) y cualquier apoyo o documentación relacionada han sido creados y desarrollados por La Academia del Alto Rendimiento. Además La Academia del Alto Rendimiento sigue siendo el único propietario de todos los derechos de propiedad intelectual relacionados, en particular, con la totalidad o parte del Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización (incluido el Contenido), cualquier soporte o documentación relacionada con el mismo, incluidos todos los derechos de propiedad industrial (marca registrada, patente, diseños y modelos, etc.) y, en particular, la marca comercial de DESPOLARIZACIÓN, derechos de autor, nombres de dominio, derechos de software, derechos de productores de bases de datos, invenciones, ideas, mejoras, conocimientos técnicos de fabricación, tecnología, secretos comerciales y todos los demás derechos de propiedad intelectual ("Derechos de propiedad intelectual").
Como tal, el Cliente no reclama ni puede reclamar ninguna prerrogativa en términos de propiedad intelectual en virtud del presente. No se transfiere al Cliente ningún derecho de propiedad de ningún tipo y, en particular, en relación con el Programa Identidad Ganadora. Sin perjuicio de lo dispuesto en este artículo, el Acompañante otorga al Cliente un derecho estrictamente personal ilimitado de acceso y uso del Contenido.
Está estrictamente prohibido para el Cliente, por cualquier motivo y por cualquier motivo, (i) copiar, duplicar, reproducir, representar, adaptar, explotar o comercializar, ya sea por una tarifa o no y (ii) transmitir o comunicar a terceros, todo o parte del Programa Identidad Ganadora, incluyendo el Contenido y cualquier documentación relacionada. Estas disposiciones constituyen una obligación esencial en virtud del Acuerdo, que el Cliente reconoce y acepta expresamente.
La Academia del Alto Rendimiento se reserva todos sus derechos para actuar contra el Cliente o cualquier tercero en caso de violación de los Derechos de Propiedad Intelectual de los que es titular o violación de cualquier disposición prevista en este Artículo.
La Parte Acompañante se compromete a cumplir con la normativa aplicable en materia de protección de datos personales, y en particular el Artículo 24 de la LOPD y Artículos 28 y 29 RGPD que establecen las obligaciones específicas del responsable del tratamiento y del encargado del tratamiento en relación con la seguridad y la confidencialidad de los datos.
A los efectos del artículo 1105 del Código Civil, "La obligación de un contrato se extingue cuando una de las partes contratantes deja de cumplir sus compromisos. No obstante, el deudor no responderá de los daños y perjuicios cuando su cumplimiento se haga imposible por causas que no le sean imputables."
Si se produce un Evento de Fuerza Mayor que hace imposible que una Parte (la "Parte Afectada") cumpla con sus obligaciones con la otra Parte (la "Otra Parte"), la Parte Afectada no será responsable ante la Otra Parte y será liberada de sus obligaciones en la medida en que su capacidad para cumplir con sus obligaciones se haya visto afectada.
Si las consecuencias del Evento de Fuerza Mayor en la Parte Afectada hacen imposible que esa Parte cumpla con una parte sustancial de sus obligaciones en virtud del Acuerdo durante un período de al menos sesenta (60) días consecutivos, cualquiera de las Partes puede, mediante notificación por escrito, rescindir el Acuerdo en su totalidad o en parte, con efecto inmediato y sin responsabilidad para la Parte Afectada.
El Cliente tiene prohibido ceder de cualquier manera los derechos y obligaciones del Contrato, sin el consentimiento expreso, previo y por escrito de la Parte Acompañante.
En caso de cesión conforme a las condiciones definidas anteriormente, el cedente será solidariamente responsable con el cesionario, con respecto al cesionario, del cumplimiento de las obligaciones que de ello se deriven.
Si la cesión se realiza a pesar de la negativa de la Parte Acompañante, la Parte Acompañante tendría derecho a rescindir el Contrato por culpa exclusiva del Cliente, sin previo aviso, mediante simple notificación, sin perjuicio de los daños y perjuicios que la Parte Acompañante también tendría derecho a reclamar al Cliente.
A menos que se disponga expresamente lo contrario, el Acuerdo contendrá el acuerdo completo entre las Partes y reemplazará todos los acuerdos anteriores entre las Partes relacionados con la provisión del Módulo 2 del Programa Formación Coach en Despolarización. Cada Parte reconoce que su responsabilidad con respecto a los compromisos y garantías establecidos en este documento involuntaria o deliberadamente se limitará al incumplimiento del Acuerdo. Nada en esta Sección se interpretará como responsabilidad exclusiva o limitativa por fraude.
El Cliente declara que tiene la capacidad, el derecho, el poder y la autoridad necesarios y ha tomado todas las medidas necesarias para celebrar el Acuerdo, disfrutar de los derechos y cumplir con sus obligaciones en virtud del presente. Cada Parte declara a la otra que ni la firma ni la ejecución de estas disposiciones contraviene o contravendrá cualquier obligación o contrato que pueda tener con cualquier tercero.
La ausencia o demora en el ejercicio por parte de la Parte Acompañante de cualquiera de sus derechos o recursos en virtud del presente no constituirá una renuncia al derecho o recurso en cuestión, ni la Parte Acompañante impedirá o restringirá el ejercicio posterior de cualquier derecho o recurso o cualquier otro derecho o recurso. El ejercicio único o parcial de tal derecho o recurso no impedirá ni limitará el ejercicio posterior de dicho derecho o recurso.
El Contrato se rige y está sujeto a la legislación española. Todas las disputas a las que pueda dar lugar el Contrato, relativas a su validez, interpretación, ejecución, resolución, consecuencias y consecuencias y que no hayan podido resolverse amistosamente entre las Partes, se someterán a los tribunales competentes en las condiciones del derecho común. Se informa al Comprador de que, en cualquier caso, puede recurrir a la mediación convencional, o a los organismos de mediación sectoriales existentes en según la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.
Apéndice 1 – Módulo 2: Parte Transmisión Formación Coach en Despolarización
Objetivos del Módulo 2 – Parte Trasnmisión
El propósito del Módulo 2 -Parte Transmisión del Programa Formación Coach en Despolarización es facilitar al Cliente la formación teórica, práctica y la supervision necesarios para desarrollar con maestría el proceso de.
Los objetivos del Programa Formación Coach en Despolarización son:
Contenido y desarrollo del Módulo 2 – Parte Transmisión
Apéndice 2 – Validación de la formación y certificación
1.El examen final
Al final de la formación, se invita al Estudiante a realizar el "Examen final"). El Estudiante debe presentarse al examen a más tardar un año después del primer día de transmisión.
Si el estudiante se presenta al examen final al final de la formación, sin coste adicional.
Si el estudiante se presenta al examen final más de 1 año después de haber empezado el Módulo 2 – Transmisión, tendrá que pagar una tasa de examen de 250 €.
En caso de no superar el examen final, el estudiante puede seguir indicaciones recibidas en el feedbadk de evaluación y someterse a un examen de recuperación previo pago de la tasa de 250 €
Mediante el Examen Final La Academia evaluará la capacidad del Estudiante para llevar a cabo el Proceso. Será requisito obligatorio para poder realizar el Examen Final:
El Estudiante también puede decidir, a su discreción e incluso cuando cumpla con las condiciones, no hacer el examen final.
2.Contenido del Examen Final
Como parte del Examen Final, el Estudiante debe facilitar a La Academia para su estudio:
Estas dos sesiones no forman parte de las sesiones transmitidas al tutor durante la Formación.
En la fecha acordada, el estudiante:
3.Obtención del Certificado de Aptitud
El éxito en el examen final por parte del Estudiante está sancionado por el "Certificado de aptitud" emitido por la Academia y autoriza al Estudiante para utilizar y comercializar el Proceso y las Marcas en las condiciones mencionadas en el Artículo 4.
Como excepción a lo anterior, el Estudiante puede utilizar el Proceso antes de obtener su Certificado de Aptitud exclusivamente para los fines de la formación.
Si el Estudiante no supera el Examen Final o si el Estudiante decide no presentarse al Examen Final al final de la formación:
Si el Estudiante no aprueba el Examen Final, puede, sin embargo, a su elección:
Apéndice 3 – Derechos y obligaciones adjuntos al certificado de aptitud
1.Comercialización del Proceso
Sujeto a que el Estudiante obtenga el Certificado de Aptitud, éste podrá comercializar el Proceso a Clientes en español. El Estudiante se compromete a aplicar estrictamente el Proceso transmitido por la Academia.
Es probable que la Academia transmita instrucciones sobre la transmisión del Proceso a los Clientes, en particular, para informar los precios al Estudiante, quien, sin embargo, tiene total libertad para establecer sus precios.
Se recuerda al Estudiante que la Academia se reserva el derecho de comercializar a sí misma y en todas sus formas el Proceso a cualquier tercero en los términos y condiciones que le plazca, incluso en el Territorio.
2.Prohibición de impartir la formación
Bajo ninguna circunstancia los términos del Contrato, ni la entrega del Certificado de Aptitud, confieren al Estudiante o al coach certificado en despolarización ningún derecho de proporcionar la formación de "Coach en despolarización” a ninguna persona. El Estudiante y el Coach en Despolarización reconocen y aceptan que única y exclusivamente la Academia está autorizada para brindar la Formación de “Coach en Despolarización” a cualquier persona.
Sin embargo, el Estudiante puede presentar a la Academia a cualquier persona interesada en recibir la Formación para obtener un Certificado (el "Prospecto”). Si corresponde, la Academia se compromete a pagar al Estudiante la suma del 15% sin impuestos del monto del contrato de capacitación debidamente firmado entre la Academia y el Prospecto, sujeto a que el Prospecto pague a la Academia la suma provista por el contrato de capacitación firmado con la Academia.
3.Formación continua
Con el fin de mantener la eficacia y rendimiento del Entrenamiento y permitir que el Coach en Despolarización se beneficie de cualquier actualización en la dispensación del Proceso, el Certificado de Aptitud tiene una vigencia de 3 años a partir de su fecha de emisión. Para extender la vigencia de su Certificado de Aptitud, el Coach despolarizante debe asistir al menos a un seminario de educación continua cada 3 años según las condiciones definidas por la Academia. El coste relacionado con estos seminarios se determinará y transmitirá al Estudiante en el momento de su implementación.